Higiene Ambiental

DS 594 art. 103: iluminación mínima para lugares de trabajo

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💡 DS 594 art. 103: iluminación mínima para lugares de trabajo

El D.S. 594 establece que todo lugar de trabajo debe contar con niveles de luz adecuados a la actividad. El artículo 103 fija valores mínimos de iluminación (lux) que la SEREMI puede fiscalizar en cualquier momento.

📋 Tabla práctica de valores
TABLA DECRETO 594

🛠️ Pasos rápidos para medir

  1. Ubica el luxómetro a la altura del puesto.
  2. Enciende todas las luminarias, evita sombras sobre el sensor.
  3. Anota lux, fecha, hora y responsable; adjunta foto del display.

⏰ Frecuencia y evidencia

  • Medición anual o tras cambios de layout.
  • Acta con mapa de puntos y plan de acción si hay déficit.
  • La SEREMI suele pedir la última acta durante fiscalización.

¿Necesitas ayuda para medir y mejorar tu iluminación? Escríbenos a contacto@prevenciontotal.cl o visita www.prevenciontotal.cl.

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